Vice Directora y Vocales





La Vice Directora Municipal forma parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, resuelve, evalĂșa, controla y vigila los actos de administraciĂłn y del Gobierno Municipal, ademĂĄs de ser los encargados de vigilar la correcta prestaciĂłn de los servicios pĂșblicos.

Por igual, vigilan el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administraciĂłn municipal, con base en lo dispuesto por la Ley OrgĂĄnica Municipal.


Los Vocales forman parte del cuerpo colegiado que delibera, analiza, resuelve, evalĂșa, controla y vigila los actos de administraciĂłn de l Junta Municipal, ademĂĄs de ser los encargados de vigilar la correcta prestaciĂłn de los servicios pĂșblicos. Por igual, vigilan el adecuado funcionamiento de los diversos ramos de la administraciĂłn municipal, con base en lo dispuesto por la Ley OrgĂĄnica Municipal.

El consejo de vocales tiene a su vez un presidente, secretario y vocal y que tienen la finalidad de deliberar, analizar, solucionar, controlar y vigilar asuntos o problemas en las distintas ĂĄreas de la de la AdministraciĂłn Municipal. Entre otras funciones  y obligaciones de los vocales figuran:
  • Sujetarse a los acuerdos que tome el Ayuntamiento de conformidad a las disposiciones legales y vigilar su debido cumplimiento.
  • Analizar, discutir y votar los asuntos que se traten en las sesiones.
  • Vigilar que el Ayuntamiento cumpla con las disposiciones que establecen las leyes, planes y programas establecidos.
  • Proponer la formal expediciĂłn, derogaciĂłn o reforma de los reglamentos municipales y demĂĄs disposiciones administrativas.
  • Informarse del estado financiero y patrimonial del Distrito Municipal y de la situaciĂłn en general de la Junta Municipal.
  • Proponer todas las iniciativas que sean convenientes para mejorar la administraciĂłn pĂșblica municipal, asĂ­ como las acciones conducentes para el mejoramiento de los servicios pĂșblicos municipales.


Los regidores no pueden, a diferencia de los empleados municipales, ser "despedidos", sĂłlo pueden ser removidos de sus cargos cuando exista una causa que legalmente les impida ejercer su funciĂłn, por ejemplo, el ser requerido por la Justicia tras haber cometido un delito